domingo, 26 de abril de 2009

demanda administrativa

EXPEDIENTE NUM.:2604

JUICIO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO
ACTOR: Grupo constructor CIVA. S.A DE C.V
DEMANDADO: Instituto Nacional de
Antropología e Historia,

C. Magistrado de la Primera Saladel Tribunal de lo ContenciosoAdministrativo del Estado de Veracruz.
P R E S E N T E

C.C. Lic. LOOR CERON Y/O Lic. VIRIDIANA MORAN Y/O Lic. JOSE ALFREDO BENITEZ LOPEZ, en nuestro carácter de representantes legales del grupo constructor CIVA. S.A DE C.V, personalidad que acreditamos con CARTA PODER, FIRMADA ANTE DOS TESTIGOS Y RATIFICADA ANTE ESTA MISMA AUTORIDAD, señalando como domicilio, Calle COLOMBIA # 7, FRACC. TULIPANES, DE ESTA CIUDAD ORIZABA, Veracruz, para oír y recibir toda clase de documentos, citas y notificaciones, ante usted con el debido respeto comparecemos y exponemos:


Por medio del presente escrito, CON EL carácter de representante legal antes mencionado y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2,3, 5 28, 29, y demás relativos y aplicables de la Ley del Procedimiento Contencioso Administrativo federal, promuevo juicio de nulidad en contra de los actos y autoridades que más delante indicaré, y para los efectos de dar debido cumplimiento a lo dispuesto por el último de los preceptos citados, manifiesto lo siguiente:


La parte actora con domicilio ya antes mencionado en este escrito para oír y recibir notificaciones, Promueve juicio de nulidad ante la resolución dictada por esta autoridad, ante la negación del permiso de demolición de un inmueble, por parte deL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA, ORGANISMO DESCONCENTRADO DE LA SEP, DICHO inmueble ubicado en calle 16 de septiembre # 68 A entre Ignacio de la llave y Guadalupe victoria, colonia modelo,rió blanco, Veracruz, es por demás que no cumple con los requisitos primordiales establecido en el artículo: 3 fracciones III y V. De la ley federal de procedimiento administrativo.


Bajo protesta de decir verdad manifiesto que los antecedentes del acto combatido son al tenor de los siguientes:
H e c h o s:

La resolución dictada de esta autoridad, por medio de publicaciones en el DOF con fecha 8 de abril del año en cursor resulta improdecente dada que no se cumplió con los preceptos establecidos en el articulo 3 fracciones III Y V de la ley federal de procedimiento administrativo
Citando lo establecido en el articulo 6 de la ley federal de procedimiento administrativo, se precisa los argumentos lógico-jurídicos por las cuales la parte actora estima que la resolución emitida es contraria a derecho


I. P r u e b a s:

LA DOCUMENTAL PÚBLICA. Consistente en el oficio número . . . ., de fecha . . . . ., dictado en el expediente núm . . . . . . por la autoridad . . . . ., donde establece (indicar el acto o resolución administrativa), cuyo original o copia se acompaña al presente, la anterior prueba se relaciona con el concepto de nulidad marcado con el número primero.
LA DOCUMENTAL PÚBLICA. Consistente en la constancia de notificación del acto impugnado, cuyo original o copia se anexan al presente.
LA DOCUMENTAL PÚBLICA. (En caso de actuar como representante legal de la persona interesada, acompañar el instrumento notarial o autorización legal para dicho efecto).

3. LA DOCUMENTAL PÚBLICA. (En caso de actuar como representante legal de la persona interesada, acompañar el instrumento notarial o autorización legal para dicho efecto).
Por lo anteriormente expuesto y fundado; A ESE H. TRIBUNAL, atentamente pido se sirva:
PRIMERO.- tenerme por presentado con este escrito y documentos que se acompañan al mismo, promoviendo en representación de grupo constructor CIVA. S.A DE C.V., juicio de nulidad en contra de resolución administrativa, admitir el presente y reconocerme la personalidad que ostento.
SEGUNDO.- Previos los trámites de ley, dictar resolución que en derecho proceda, la cual deberá ser favorable a las pretensiones de mi parte.


PROTESTO LO NECESARIO
VERACRUZ, A 26 DE ABRIL DEL 2009
._______________________________
Grupo constructor CIVA. S.A DE C.V





Contestación de Autoridad







EXPEDIENTE NUM.:__________


JUICIO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
ACTOR: ____________________
DEMANDADO: Instituto Nacional de
Antropología e Historia, Veracruz.






C. Magistrado de la Primera Sala
del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo del Estado de Veracruz.
P R E S E N T E


C.C. Lic. Lisbeth Moctezuma Arróniz Y/O Lic. Luis Fernando González Ruffiar Y/O Lic. Arturo Fernández Cruz, en nuestro carácter de representantes legales del Instituto Nacional de Antropología e Historia de Veracruz, personalidad que acreditamos con Poder Notarial emitido por la Notaría Pública número ocho de la Ciudad de Veracruz., señalando como domicilio para recibir toda clase de documentos, citas y notificaciones el ubicado en Calle 1 Sur num. 205 Avs. 3 y 5 Colonia Centro Veracruz, ante usted con el debido respeto comparecemos y exponemos:

Que venimos por medio del presente escrito en nuestro carácter de Representantes Legales del Instituto Nacional de Antropología e Historia de Veracruz, de conformidad con los artículos 1, 4, 5, 6, 10, 19 y demás aplicables de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos, estando dentro del término legal, a dar contestación a la demanda promovida por el C.___________________________, en nuestra contra, por lo que damos contestación a dicha demanda de la manera siguiente:





CONTESTACIÓN AL CAPÍTULO DE HECHOS DE LA DEMANDA:





1.-

2.-



SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO



Por lo antes manifestado y de lo cual queda acreditado que es inexistente el acto que reclaman el hoy actor del presente juicio, consistente en la negación del permiso de demolición del inmueble antes referido de sus escritos que refieren a los puntos de hechos de su demanda ante este H. Tribunal Contencioso Administrativo, solicitud que al momento de dictar la sentencia definitiva, se resuelve el sobreseimiento del presente juicio, de conformidad en el artículo _______________ de la Ley de _____________ que para pronta referencia, me permito transcribir a continuación:
“_____________________________________________________________”



A G R A V I O S





Por lo antes manifestado en la contestación de los hechos de la demanda, solicitamos se nos tenga aquí por reproducido, como si a la letra se insertase en obvio de repeticiones innecesarias, no existen los agravios que expresa el accionante, toda vez que como se advierte ya fue acordada su solicitud que solicitó mediante escrito fechado el día 6 de Abril del presente año y presentada ante esta autoridad el día 8 de Abril del presente año, el cual le fue legalmente notificado a través de cedula de notificación personal, por lo que no existe agravio alguno que reparar en relación a dicha solicitud.



P R U E B A S



1.- DOCUMENTAL PÚBLICA.-

2.- DOCUMENTAL PÚBLICA.-

3.- DOCUMENTAL PÚBLICA.-

4.- DOCUMENTAL PÚBLICA.-

5.- DOCUMENTAL PÚBLICA.-

6.- SUPERVENIENTES.-
en todo aquello que se derive y que pueda beneficiar al presente.

7.- PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.-

8.- INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.-







Lo antes expuesto lo fundamos en los siguientes artículos________________
________________ y demás relativos de la ley de __________________________
y artículos ________________________________ y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz, aplicado supletoriamente a la materia.


Por lo expuesto y fundado a usted C.. MAGISTRADO DE LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE VERACRUZ, atentamente solicitamos:



PRIMERO:


SEGUNDO:











PROTESTO LO NECESARIO
VERACRUZ, A 24 DE ABRIL DEL 2009.








_______________________________
INSTITUTO NACIONAL DE
ANTROPOLOGÍA E HISTORIA DEL
ESTADO DE VERACRUZ.

miércoles, 22 de abril de 2009

sesión de acceso al blog

estando presentes el quorum de 6to de derecho integrado por:

karina, loor. sarai, luis

pudimos comprobar que el blog abre correctamente.

;)

Objetivos del Blog

En el presente blog se irán organizando los contenidos de un juicio contencioso administrativo, partiendo de la demanda hasta llegar a la revisión.

Iniciado el 22 de Abril de 2009