miércoles, 13 de mayo de 2009

Acuerdo de la medida cautelar




RESOLUCIÓN DE LA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
.

Medida Cautelar solicitadas por el Instituto Nacional de Antropología e Historia del estado de Veracruz


V I S T O S:

1. El escrito de 13 de Mayo de 2009 y sus anexos, mediante el cual el Instituto Nacional de Antropología e Historia del estado de Veracruz, solicito la medida cautelar consistente en que el inmueble ubicado en calle 16 de Septiembre No. 68 A entre Ignacio de la Llave y Guadalupe Victoria de la Colonia Modelo de Rio Blanco Veracruz, se mantenga en las condiciones que se encuentra actualmente, ya que el mismo figura como patrimonio del Estado.

2. El Instituto Nacional de Antropología e Historia del estado de Veracruz, fundamento la necesidad de solicitar dicha medida cautelar con lo que dispone la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos.


3, De la misma forma El Instituto Nacional de Antropología e Historia del estado de Veracruz, rindió el informe que establece el artículo 25 de la Ley Federal de procedimiento Contencioso Administrativo.


C O N S I D E R A N D O:

PRIMERO. Que este órgano es competente para resolver sobre la medida solicitada, ya que esta facultad se establece en la Ley Federal de procedimiento Contencioso Administrativo.


SEGUNDO. Que el escrito mediante el cual se solicita la medida cautelar en referencia cumple con los requisitos que establece el artículo 24 de la Ley Federal de procedimiento Contencioso Administrativo.


R E S U E L V E


UNICO. Se concede la medida cautelar solicitada por El Instituto Nacional de Antropología e Historia del estado de Veracruz, con la cual se pretende proteger el patrimonio del Estado, notifíquese a los interesados que la adopción de la medida cautelar es procedente conforme a derecho.


PROTESTO LO NECESARIO


C.--------MAGIATRADO DE LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

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